Impugnar acuerdos de la junta de una sociedad en Gavà es una acción legal que permite a socios, administradores o terceros con interés legítimo dejar sin efecto decisiones adoptadas en junta general que sean contrarias a la ley, a los estatutos sociales o que lesionen el interés social en beneficio de uno o varios socios o de terceros. Este mecanismo, regulado en la Ley de Sociedades de Capital, es una herramienta habitual en los conflictos entre socios que asesoramos desde nuestro despacho de abogado mercantil Barcelona, con especial atención a empresas y sociedades radicadas en Gavà y el Baix Llobregat.
¿Qué acuerdos de junta se pueden impugnar?
La Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, texto refundido, con las modificaciones introducidas por la Ley 31/2014) distingue entre acuerdos nulos y anulables, aunque tras la reforma de 2014 se unificó en gran medida el régimen bajo una causa general de impugnación. Pueden impugnarse los acuerdos que:
Sean contrarios a la ley
Por ejemplo, acuerdos adoptados sin las mayorías legales exigidas, sin convocatoria válida o vulnerando derechos mínimos del socio reconocidos legalmente.
Se opongan a los estatutos sociales
Cuando el acuerdo contradice lo pactado expresamente en los estatutos de la sociedad, como el régimen de mayorías reforzadas o restricciones a la transmisión de participaciones.
Lesionen el interés social en beneficio de socios o terceros
Incluye los llamados